La DirecciónDepartamental de Educación del Departamento de Jutiapa, se creó el 21 de mayo de 1996, según Acuerdo Gubernativo 165-1996; bajo la responsabilidad del Lic. Oscar Jonathan Alvarenga Vásquez, quien fue el primer Director Departamental de Educación, quedando conformada con las siguientes Unidades: Unidad de Desarrollo Administrativo-UDA-, Unidad de Planificación y Administración Financiera-UDAF-, Unidad de Desarrollo Educativo-UDE-, Unidad de Informática –UDI- y Oficina de Servicio a la Comunidad –OSC-.
En el año 2009, se llevó a cabo una nueva reestructuración; según Acuerdo No.225-2008 de fecha 12 de septiembre de 2008 y Reglamento Orgánico del Ministerio de Educación y Acuerdo Ministerial No. 2409-2010, relacionado con el Reglamento Interno de las Direcciones Departamentales de Educación.
Cabe destacar que a la fecha han dirigido la Dirección Departamental de Educación 13 Profesionales, actualmente esta entidad es dirigida por el M.A. Roberto René Salguero y Salguero, a partir del 16 de marzo del 2012
Se fundamenta en el Acuerdo Gubernativo Número 225-2008 del Ministerio de Educación donde se proponen mejoras a la estructura orgánica de la institución y se emite el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Educación, y en el Titulo II, Capítulo II FUNCIONES SUSTANTIVAS, Artículo 19. Las Direcciones Departamentales de Educación, las que podrán denominarse con las siglas –DIDEDUC-, son las dependencias del Ministerio de Educación que en los Departamentos de la República tiene la responsabilidad de proponer e implementar las políticas, planes, programas, proyectos y actividades del Ministerio de Educación.
Acuerdo Ministerial No. 2072-2009 Reglamento Interno de Trabajo del Ministerio de Educación el cual incluye a las Direcciones Departamentales de Educación
a. Coordinar la ejecución de las políticas y estrategias educativas nacionales en el ámbito departamental correspondiente, adaptándolas a las características y necesidades de su Jurisdicción.
b. Planificar las acciones educativas en el ámbito de su jurisdicción, en función de la identificación de necesidades locales.
c. Programar los recursos financieros, materiales y humanos necesarios para el cumplimiento de los planes y programas educativos departamentales.
d. Programar la construcción, mantenimiento y reparación de infraestructura física educativa y velar por su adecuada ejecución.
e. Promover, coordinar y apoyar los diversos programas y modalidades educativas que funcionan en su jurisdicción, buscando la ampliación de la cobertura educativa, el mejoramiento de la calidad de la educación y la eficiencia administrativa.
f. Llevar a cabo las acciones que les correspondan en la adquisición y entrega de los bienes objeto de los programas de apoyo establecidos por el Ministerio de Educación.
g. Ejecutar o coordinar la ejecución de las acciones de adecuación, desarrollo y evaluación curricular de conformidad con las políticas educativas nacionales vigentes y según las características y necesidades locales.